martes, 31 de agosto de 2010

30 DE AGOSTO DE 2010 DIA DE GLORIA
PARA LA ASOCIACION 2 DE ABRIL
EN EL DIA DE AYER 30 DE AGOSTO DE 2010, NUESTRA ASOCIACION DE VETERANOS CONTINENTALES DE MALVINAS "2 DE ABRIL", RECIBIO LA VISITA OFICIAL DEL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DR GERARDO ZAMORA , EN UN ACONTECIMIENTO SIN PRECEDENTES PARA LA CAUSA NACIONAL QUE REGISTRE LA VISITA OFICIAL DE UN GOBERNADOR A UNA INSTITUCION DE VETERANOS CONTINENTALES. EL BROCHE DE ORO DEL CONCLAVE FUE LA ENTREGA DE UNA CARPETA CON LA SOLICITUD DE LA APROBACION DEL REGISTRO DE MALVINAS DE LA PCIA DE SGO DEL ESTERO, POR LO CUAL EL GOBERNADOR SE COMPROMETIO A INTERCEDER CON LOS DIPUTADOS.
TAMBIEN FELICITO A LA CAUSA NACIONAL POR SU TAREA OBSTINADA QUE LO LLEVO A COLOCAR EN LA AGENDA DE LOS TEMAS NACIONAL A NUESTRO RECLAMO.
ESTE IMPORTANTE LOGRO PARA NUESTRA ASOCIACION ES EL MERITO DEL TRABAJO Y LA LUCHA PERMANENTE DE TODOS LOS CAMARADAS QUE APOYAN INCONDICIONALMENTE A NUESTRA ASOCIACION, QUE A PESAR DE LOS OBSTACULOS A LOS QUE DEBE ENFRENTARSE SIEMPRE TRASCIENDE CON UN HECHO SIGNIFICATIVO QUE LA UBICA COMO UNA DE LAS PRINCIPALES ASOCIACIONES A NIVEL NACIONAL. MUCHAS GRACIAS A LOS QUE CREYERON Y TRABAJARON DENODADAMENTE POR Y PARA LA CAUSA, Y A LOS QUE ABANDONARON LA LUCHA TAMBIEN LE AGRADECEMOS PORQUE CON SU EJEMPLO LOGRARON QUE REDOBLEMOS NUESTROS ESFUERZOS.


























viernes, 27 de agosto de 2010

viernes 27 de agosto de 2010
publicado en cartas al director del diario "Limite Informativo"

El "cuento del tío" de la "pensión de los ex-soldados continentales".
Actualización: El editorial "El "cuento del tío" de la "pensión de los ex-soldados continentales" es la nota de tapa de la edición del viernes 27 de agosto de 2010 del portal Límite Informativo de la Ciudad de Posadas en la Provincia de Misiones.
En los últimos días se están recibiendo muchos correos electrónicos de compañeros que me informan de la existencia de grupos de falsos gestores acompañados de supuestos ex-soldados continentales que se presentan en diversas ciudades o pueblos del interior del país.
Estos pseudogestores están engañando a nuestros camaradas con la fábula de que "ya salió la pensión de los ex-soldados continentales". Las últimas noticias que se tienen de estos profesionales de la modalidad "castrense" del "cuento del tío" es que estuvieron recorriendo los pueblos de la provincia de Córdoba y el interior de la provincia de Buenos Aires.Por eso, es oportuno advertir que hasta el momento no hay ningún tipo de pensión para los ex-soldados que defendimos al territorio nacional argentino entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el plano nacional y provincial.Hay que destacar que en el caso de la Provincia del Chaco fue sancionada la pensión, pero la misma no fue reglamentada por el Gobernador Jorge Capitanich. En consecuencia, dicho beneficio previsional aún no se encuentra vigente.No hay que dejarse engañar por los pícaros de siempre que a cambio de sacarle unos pesos pueden inducirlo a engaño con la promesa de una falsa pensión. Al no existir una ley para otorgarle una pensión a los ex-soldados que defendimos al Territorio Continental Argentino o no estar reglamentada su aplicación (como es en el caso de la provincia del Chaco) este beneficio es inaplicable. En consecuencia, no corresponde iniciar un trámite administrativo para gestionar una pensión que no existe.Como dice el viejo dicho popular "hecha la ley, hecha la trampa". En nuestro caso, la falta de un registro serio de los ex-soldados que participamos en la defensa de la Patria durante el conflicto del Atlántico Sur (ya sea desde las Islas Malvinas o en el Territorio Continental Argentino) y una serie de graves irregularidades en el otorgamiento de las pensiones de guerra han provocado que algunos pícaros quieran engañar a nuestros compañeros prometiendo veteranías de guerra y la inclusión en las leyes vigentes que solamente amparan a los ex-soldados que combatieron en nuestras Islas Malvinas.Y esta irregularidad es aprovechada por personas inescrupulosas que prometen lo que jamás podrán brindar. Por esa cuestión, les pido que no se dejen llevar por los rumores "de conocidos" o se dejen presionar para llevar adelante gestiones de resultados inciertos.Lo prudente es que siempre consulten a su profesional de confianza antes de embarcarse en cualquier tipo de trámite y de firmar algún papel. En lo personal, espero que esta información les sea de utilidad para hacer valer sus derechos y evitarles problemas mayores.

Jorge Adrián Rudi
Ex-soldado clase 1963
Editor de Soldados1982
jorgeadrianrudi@yahoo.com
MIEMBROS DE LA ASOCIACION REGIONAL DEL NOROESTE ARGENTINO DE LA PROVINCIA DE CHACO CUYO REFERENTE ES OSACAR INSAURRALDE SE MOVILIZARON A CASA DE GOBIERNO EN RECLAMO DE LA REGLAMENTACION Y PROMULGACION DE LA LEY 6.347 DE PENSION PARA TODOS LOS SOLDADOS AFECTADOS AL CONFLICTO MALVINENSE DE LA PROV. DE CHACO
FUENTE: DIARIO EL NORTE EDICION DIGITAL
Locales
Bancarios, policías y movilizados se manifestaron ayer
Viernes, 30 de Julio de 2010 - Publicado en la Edición Impresa

En la mañana de ayer se movilizaron los integrantes de la Asociación Bancaria para reclamar por los despidos arbitrarios en el Banco Macro, a cuyo frente del edificio le realizaron un escrache.

También los policías autoconvocados pidiendo por un haber mínimo para el agente en servicio de 1.600 pesos y también los convocados y movilizados de Malvinas reclamando la aplicación de la ley 6347 y atención sanitaria a través del InSSSeP. Los bancarios El secretario de Acción Gremial de la Asociación Bancaria, Jorge Díaz, encabezó la movilización de trabajadores del sector frente a la sucursal del Banco Macro en Resistencia por “el despido de un empleado sin causa”. “Estamos protestando porque esta es la forma en que los bancos privados amedrentan a su personal”, dijo y advirtió: “La situación se repite en otras ciudades del país en este banco y otros privados”. Sobre el paro nacional previsto para el 5 de agosto, indicó que espera la convocatoria y el lunes definirán la modalidad de adhesión. Los policías autoconvocados Con una manifestación en la plaza 25 de Mayo, los agentes retirados de la fuerza de seguridad de la provincia volvieron a pedir un salario básico de 1600 pesos para poder cubrir la canasta básica alimentaria. En la mañana de ayer la Asociación de Policías Autoconvocados se concentró junto al Frente de Gremios Estatales en la plaza central 25 de Mayo, frente a la Catedral y volvió a reclamar de esta forma un aumento salarial para el sector. El dirigente Livio Fernández explicó que la primera medida de la demanda se centra en que “se cumplan con las leyes que determinan los sueldos básicos de la policía”.

Convocados y Movilizados de Malvinas Integrantes de la Asociación Regional Noreste Argentino de Convocados y Movilizados de Malvinas brindaron una conferencia de prensa a las 10.30 en French 42 y luego marcharon hasta Casa de Gobierno para pedir al gobernador Jorge Capitanich la reglamentación y promulgación de la ley provincial 6.347 la cual otorga a ex soldados, convocados y movilizados el pago de una pensión y la cobertura médica mediante la obra social Insssep. El referente del grupo Oscar Alfredo Insaurralde señaló que “ han transcurrido 9 meses de la aprobación de la ley por parte del Poder Legislativo y es de público conocimiento el compromiso asumido por el gobernador con la Asociación Regional del Nordeste Argentino de Convocados y Movilizados de Malvinas de atender especialmente la gestión nuestra donde solicitamos seamos incluidos sin distinción de ninguna naturaleza”.

viernes, 20 de agosto de 2010

NOTA DE SOLIDARIDAD CON LA ASOCIACION 2 DE ABRIL DE PARTE DEL CAMARADA ABREGU DE CORDOBA.-

Estimado camarada Carrizo Me solidarizo con vos y por tu intermedio con la Agrupacion 2 de Abril, y me uno al repudio de todos los que de alguna manera vivimos la causa Malvinas, por los ataques informáticos padecidos. En lo personal me ha pasa de tener que estar en el freezer porque hay "manos negras" que estan permanentemente monitoreando qué es lo que hago. Hay algo que estos nefastos no saben, o no entienden o su pobre nivel de inteligencia no les permite comprender: Una cosa es trabajar por la causa Malvinas, cada uno por vias distintas de acuerdo a los principios y valores que consideramos correcto, respetando a quien piensa o actua diferente, colaborando con todos, en buena ley, sin mezquindad, a pesar de las diferencias mencionadas, y otra muy distinta es priorizar las diferencias, cual barrabrava rabioso que ve al otro como un enemigo al que hay que destruir como sea, sin importar si es ético o moral. El respeto por quienes trabajan con convicción y honestidad, aunque el punto de vista y fundamento sea opuesto al de uno, es fundamental. Es en el marco de las diferencias donde uno puede debatir, defender y aprender su postura y su visión del problema que nos afecta a todos y creo que es una de las mejores vias para encontrar la solución que tanto estamos buscando. Siempre que recibo y leo tus e-mails informando de lo actuado ante distintos organismos, lo cual agradezco y valoro, lo cruzo con informes que me envian de otras fuentes (que no pertenecen a ninguna agrupacion ni estan vinculadas a la causa); por lo general coinciden en los contenidos y apreciaciones, una buena señal de que trabajas junto a tu Asociación con la seriedad y responsabilidad que nuestra Causa requiere. Reitero mi solidaridad para vos y la Asociación 2 de Abril, y repudio a quienes creen que ganan algo por destruir a un camarada que piensa diferente .
Te envío un fuerte abrazo

Ernesto Abregu
Cordoba
0351 156848455
La Agrupación de Soldados Veteranos de Malvinas No Reconocidos de Villa Ocampo Tuvo un encuentro con el Sr.Diputado Nacional Agustín Rossi





En el marco de una visita del Sr. Diputado Nacional Agustín Rossi (Presidente del Bloque de Diputados Nacionales del Frente para La Victoria) a la Ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado en nuestra Provincia de Santa Fe, nuestros compañeros de la Agrupación de Soldados Veteranos de Malvinas No Reconocidos, de la Ciudad de Villa Ocampo tuvieron una entrevista con el legislador santafesino en donde nuestro compañero Sergio Esquivel tuvo la oportunidad de expresarle en forma directa nuestra problemática y le solicitó su apoyo para la sanción del Proyecto de ley 4048-D-2010 (Reconocimiento moral e histórico de todos los soldados que defendimos al Territorio Continental Argentino entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982) y el Proyecto de Ley 1893/08 (”Registro Malvinas”).
onal Agustín Rossi.Durante esta cordial charla, el legislador santafesino escuchó atentamente el pedido de los ex-soldados de la Agrupación de Soldados Veteranos de Malvinas No Reconocidos de la Ciudad de Villa Ocampo y se le entregó una nota en la cual se resume todo nuestro reclamo.


Realmente agradecemos y felicitamos a los compañeros de la Agrupación de Soldados Veteranos de Malvinas No Reconocidos, de la Ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado en nuestra provincia de Santa Fe por haberle hecho llegar nuestro reclamo a uno de los legisladores más importantes de la bancada oficialista, en otro importante paso para lograr el moral e histórico de todos los soldados que defendimos al Territorio Continental Argentino entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982
COMUNICADO DE LA ASOC. DE PARACAIDISTAS Y OTRAS FUERZAS - MISIONES
ROBERTO MICHEL (STUCKA)



Fuente: Roberto Michel (Presidente de la Asociación Civil Paracaidistas de Malvinas y Otras Armas de la Provincia de Misiones).
Primera parte de un reclamo, del olvido de la sociedad y el estado y de la falta de huevos de muchos para publicarlo.Misiones: Referido al Proyecto D-32985-10 del Diputado Pastori que solicitaba un Censo de Veteranos en la Provincia de Misiones, el mismo, fue pasado a "archivos", según la información recibida en el día de ayer.El porque de la falta de VOLUNTAD POLÍTICA de los legisladores misioneros que votaron en contra, tiene que ve con una carta presentada por el "Director de Atención al Veterano de Guerra de Ministerio de Gobierno de la Prov. de Misiones - Sr.: Juan Carlos Fonseca", Quien argumentó en su postura que aquellos que estuvieron en el Continente como soldados, "nunca tuvieron riesgo de perder la vida"(...¿¿¿...???) VEAN EL ANEXO DE ABAJO: DECRETO P.E.N. (Poder Ejecutivo Nacional) Anexo 2 - APOYO DE FUEGO EN EL CONTINENTE, Y algunos delincuentes dícen que los soldados del continente NO tenían riesgos de perder la vida...(Que vayan a robar a los caminos!!!).(Comentario irónico del editor: Seguramente, porque en el continente los soldados eran de juguete y estaban armados con escarbadientes?, ¿Las fronteras estaban custodiadas con figuritas calcadas con carbónico o el legendario "Simulcop"?)Otro detalle de la carta en la que solicitan que no se llevado el censo es que; Según las leyes vigentes de Misiones, 2343 y 2976, solo 2 (dos) Veteranos aprobaron por las mismas y 432 (cuatrocientos treinta y dos), entraron por "política".El resto se los dejo por su cuenta y para pensar.Si subímos toda la informacion que disponemos en documentos de la Guerra de Malvinas y la participación de las distintas unidades de las 3 armas en la movilizacion de tropas, armamentos, unidades de asalto aerotransportado (IV Brig. Aerotransportada), Requisa de camiones para movimientos de arsenales completos, instruccion de combate, armado de Fuerzas de Tareas, custodia de todo el litoral marítimo, proteccion de la ciudadania civil, portar armamento con bala en recámara, equipo de combate completo, alertas rojas, acuartelamiento de las tropas "para defender el Territorio Nacional", bajo un código de Justicia Militar impuesto, habiendo sido reclutados y convocados con una ley (23109) que en el primer momento amparaba a todos y luego por un decreto (509/88) "INCONSTITUCIONAL", se barrio a todos los soldados concriptos bajo una alfombra SUCIA de olvido y bastardeo sistemático.Si mirámos tambien las cifras oficiales de VGM: En primera instancia y redondeando los Números, eran 12.500 EX COMBATIENTES... hoy, son 28.000... (¡Sí. leyó bien!, ¡está clarito y no necesita los lentes!)...¡Más del doble!!! los padrones se llenaron de gente que incluso, como pasó en Corrientes, cobran pensiones de ex combatientes y solo tienen 20 años (120 personas en Curuzú Cuatiá).Lamentablemente, la mayoría de los VGM que estarían en esta situacion, no quieren que se revise su "participacion", no solo para quedar expuestos como víles estafadores de la memoria y a los familiares de caidos en combate, sinó, porque probablemente, tengan que decir quién es el político que les dió "la manito".También, en la lectura de todos aquellos que fueron soldados, debemos aclarar para la ciudadania un punto muy importante ... "Los soldados conscriptos, eran civiles que reclutados mediante una ley de S.M.O. (Servicio Militar Obligatorio) imponía a que esos "mozos de recambio (Gral de Brig. Goyret) de 18 años, simples ciudadanos- la mayoria sin formacion académica, estudios secundarios o sin saber leer y/o escribir-SÍ, servirían para cumplir con el rol de "Colimba" (Corre - Limpia - Barre) durante el lapso de 12 a 18 meses en las filas de alguna de las armas. Por lo tanto el Soldado Concripto o Colimba, no era un "milico", era un ciudadano al que le daban un uniforme, un arma y una instrucción básica para recibir y cumplir ordenes emanadas en -Quizás -la mayoría de las veces por un suboficial que tenia menos coheficiente intelectual que el mandado.Y así también a esos "pibes" que jugaban todavia de alguna manera a "la guerra", se los convocó, se los arengó y a una parte se los envió a una verdadera guerra, en donde aquellos que combatieron, dejaron bien en claro que eran niños, pero con una convicción de amor a la patria y una valentía que en muchos casos asombraba al enemigo (y daría vergüenza a muchos civiles, militares y políticos).Respecto a las fuerzas armadas argentinas, es poco lo que podemos decir los Ex Soldados, ya que los Suboficiales y Oficiales, eran de carrera o por opción luego de ser dados de baja como colimbas y re engancharse a la carrera.Para los militares, habia un órden de vida y trabajo castrense y la guerra con otro país limítrofe y/o extranjero, era solo "una hipótesis" y no estaba preparado para eso, ya que el régimen de facto estaba metido de lleno en utilizar sus FAA en el exterminio de la guerrilla y/o potenciales guerrilleros.Para esto también, el soldado (Colimba) estaba instruido en forma básica y no tenia mayores nociones que unas prácticas y lo gracioso y/o risueño, es que; al finalizar el año militar, se efectuaban ejercicios de combate entre las 3 fuerzas a fin de evaluar la prestacion y grado de nivel alcanzado de los cuadros y los soldados, estos últimos, ya cási yendose de baja y reintegrarse a a vida civil.En el caso de la gesta Malvinas directamente se utilizó a los de la clase 63 (recién ingresados y la mayoría con poca o nula instrucción y a una parte de la clase 62 a la que reconvocaron y que; teniendo mayor instrucción fué dejada en el continente.El soldado al que le toco la colimba, era un adolescente que recién había salido del colegio secundario o, era un laburante aunque había una buena cantidad de gente que solo hizo el primario pero un buen pasar familiar, les daba la alternativa de vaguear.El soldado; ese que ustedes, hablo a los mayores de 50 años y a aquellos menores que no entienden, porque no lo vivieron... Era un pibe, un pendejo, una fierita que solo tenia 18 años, algunos ni siquiera habian entrado a un boliche, a un bar, no solo porque eran menores de edad, sino también por los "edictos policiales" de la época.Pero sí éramos llamados a cumplir con la patria, para eso...éramos "Ciudadanos mayores para el estado" (Aunque nosotros solo pensábamos en las minitas, en el tema de moda, "El día del estudiante o la primavera" en los lagos de Palermo... en disfrutar lo que todo adolescente hace.Pero de repente en una mañana, cambió nuestra vida, encontrándonos en un cuartel, con el monstruo de una guerra, bailando en el portón de acceso a la guardia.Creo que el cachetazo de que la vida ha cambiado, fué el momento en que nos llamaban a uno por uno y nos entregaban la chapa identificatoria, enseñandonos luego que la mitad se debia colocar en el paladar del cadaver del compañero.El resto de las vivencias que tuvieron esos soldados van desde la movilización, el apronte, el constante -¡Alistarse!!! ¡Se van dentro de un rato!, ¡ A la Plaza de Armas a formar!!!, controlar el equipo, contar la munición....Esperar...Esperar "la chancha" Hércules C-130 y/o los Fokker "F-27" para subir y ser llevados o, lo que era a los paracaidistas, ser lanzados en la "zona caliente" tras las líneas enemigas o en la "cabeza de playa".Fin de la primera parte...


jueves, 19 de agosto de 2010



Fuente: InfoRegión (Buenos Aires) - Límite Informativo (Misiones) - Claudio Mayuro (Apoderado de la Asociación VMNR-SCBBGM de Temperley).Impulsan la creación de un registro de ex combatientes de Malvinas

La diputada kirchnerista María José Lubertino Beltrán presentó un proyecto de ley en la Legislatura porteña que crea un registro de ciudadanos que hayan estado bajo bandera

y en cumplimiento del servicio militar durante la guerra de Malvinas y que no son alcanzados por la ley que otorga un subsidio mensual y vitalicio a ex combatientes. "Ustedes son uno de los grandes olvidados de esta historia por eso es que queremos avanzar en este censo que nos permita cuantificarlos y ver cómo la ciudad de Buenos Aires puede darles un reconocimiento que bien puede ser en dinero o simbólico", afirmó.La diputada kirchnerista María José Lubertino Beltrán, agasajó a un grupo de ex combatientes tras la presentación de un proyecto de ley en la Legislatura porteña que crea un registro de ciudadanos que hayan estado bajo bandera y en cumplimiento del servicio militar durante la guerra de Malvinas y que no son alcanzados por la ley que otorga un subsidio mensual y vitalicio a ex combatientes.El acto se realizó en el salón San Martín de la Legislatura porteña y aunque la iniciativa en cuestión es de autoría del diputado macrista Cristian Ritondo, este faltó a la cita y los ex combatientes fueron recibidos por la legisladora Lubertino."Ustedes son uno de los grandes olvidados de esta historia por eso es que queremos avanzar en este censo que nos permita cuantificarlos y ver cómo la ciudad de Buenos Aires puede darles un reconocimiento que bien puede ser en dinero o simbólico", afirmó Lubertino.Luego de las palabras alusivas de la diputada se proyectó la película denominada "Tras un manto. Veteranos de Guerra aún no reconocidos", que fue coordinada por los integrantes del Campamento "TOAS" que acampan diariamente en Plaza de Mayo.El proyecto de ley propone conocer de manera fehaciente la cantidad de ex soldados conscriptos pertenecientes al Distrito Militar Buenos Aires, que hayan estado bajo bandera entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.
Este es el texto del proyecto de Ley E-2006-2010 difundido por el Dr.Aníbal Ibarra el día 18 de agosto de 2010:Fuente: Texto provisto por la página oficial del Doctor Aníbal Ibarra. Descarga directa versión Word: http://www.anibalibarra.com.ar/uploads/file/Proyectos/CoAutor/E2006-2010.doc
PROYECTO DE LEY E-2006-2010.Articulo 1º.- Crease en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Registro de Ciudadanos que hayan estado bajo bandera y en cumplimiento efectivo del Servicio Militar Obligatorio de Conscripción (SMOC) durante el conflicto Bélico del Atlántico Sur, mantenido contra el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con motivo de la recuperación y el ejercicio pleno de nuestra Soberanía sobre la Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y Archipiélagos Australes entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982. y que no están comprendidos en los alcances de la Ley 1075.Artículo 2º.- El Registro dispuesto en el Artículo 1º será para aquellos ciudadanos que, a la fecha de la convocatoria al Servicio Militar Obligatorio de Conscripción (SMOC) y en cumplimiento efectivo del mismo, hayan sido incorporados bajo jurisdicción del Distrito Militar Buenos Aires.Artículo 3°.- Se establece que, a los efectos de un mejor proveer, la autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Derechos Humanos del GCABAArtículo 4°.- Se clasificará a los ciudadanos, ex Soldados Conscriptos, según el siguiente criterio:a) Destinados al Sur del Paralelo 42º, en las Bases Militares asentadas sobre el Litoral Marítimo Continental de las Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982,b) Movilizados al Sur del Paralelo 42º, a las Bases Militares asentadas sobre el Litoral Marítimo Continental y/o a la denominada Zona de Despliegue Continental, de las Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982.-En todos los casos deberá constatarse que el tiempo de permanencia mínima de los ex Soldados Conscriptos haya sido en el periodo comprendido entre el 30 de Abril y el 14 de Junio de 1982.-Artículo 5°.- Los aspirantes a integrar el Registro establecido en el Artículo 1º, deberán presentar ante la autoridad de aplicación la documentación detallada a continuación:a) Certificado de Servicios cumplidos expedido por el Ejército Argentino (EA), o la Armada Argentina (ARA), o Fuerza Aérea Argentina (FAA) según corresponda, y que acredite en forma fehaciente:I) Distrito Militar de incorporación,II) Situación/condición o Grado Militar, III) Unidad o Base Militar de Destino, durante el período del Servicio Militar Obligatorio de Conscripción (SMOC).IV) Unidad o Base Militar de Destino en el período comprendido entre el 2 de abril de 1982 al 14 de junio de 1982,b) Certificado de Reincidencia, expedido por la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.c) Documento Nacional de Identidad.Artículo 6°.- La inscripción en el Registro, establecido en el Artículo 1°, deberá ser realizada en forma personal, salvo que el aspirante se encontrase física o psíquicamente incapacitado, en cuyo caso la representación del mismo podrá ejercerse por las siguientes personas:a) Padre o madre, cónyuge, hijos mayores de edad, o colaterales hasta el segundo grado; debidamente autorizado mediante certificación pública a tal efecto,b) Abogados matriculados en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal,c) Tutores, curadores y representantes necesarios.La representación a que se refieren los incisos a) y b), se acreditará mediante Carta Poder otorgada ante la autoridad de aplicación o con firma certificada ante escribano público o por juez de paz. En el caso del inciso c), mediante testimonio o certificación de constancias judiciales, y documentación que acredite la representación necesaria.Artículo 7°.- La autoridad de aplicación deberá constatar toda la documentación, pudiendo señalar los defectos que adolezca la presentación, ordenando que se subsanen de oficio o por el interesado dentro del plazo razonable que fije, y asimismo, dispondrá las diligencias necesarias para completar la información y documentación requeridas.Artículo 8°.- Completado el trámite de control y verificación, la autoridad de aplicación remitirá las actuaciones correspondientes a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su intervención.Dictaminado el trámite por dicho Órgano Jurídico, la Subsecretaría de Derechos Humanos dictará el correspondiente acto administrativo que otorgue o deniegue la inscripción del aspirante en el Registro establecido en el Artículo 1º.Artículo 9º.- La inscripción en el Registro, establecido en el Artículo1º, no implica ni otorga Derecho a prestación económica de ninguna índole por parte del GCABA ni de sus entes autárquicos, ni tampoco el eventual reconocimiento como Ex Combatiente de Malvinas o Veterano de Guerra.-Artículo 10°.- A los efectos de su implementación, el Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los sesenta (60) días de su promulgación.-Sr. Presidente:El Proyecto que nos ocupa se funda en la necesidad de conocer, en forma fehaciente, la cantidad de ex soldados conscriptos pertenecientes al Distrito Militar Buenos Aires que en cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio de Conscripción (SMOC) hayan estado bajo bandera durante el conflicto Bélico del Atlántico Sur, mantenido contra el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con motivo de la recuperación y el ejercicio pleno de nuestra Soberanía sobre la Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y Archipiélagos Australes entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982 y que no se hallan comprendido en los alcances de la Ley Nº 1075.-Estos ex soldados conscriptos, que hoy tratamos de cuantificar, serían los que estuvieron destinados y/o fueron desplegados en lo que se llamo la “Zona de Despliegue Continental“, al Sur del Paralelo 42º en el Litoral Marítimo de las Provincias de Chubut, Santa Cruz y de Tierra del Fuego en el periodo comprendido entre el 2 de abril y el 14 de Junio de 1982, espacio temporal en que se desarrolló el conflicto bélico por Malvinas.Se trata de los ex soldados conscriptos que permanecieron en el territorio y que no estuvieron en los Teatros de Operaciones TOM (Teatro de Operaciones Malvinas), ni en el TOAS (Teatro de Operaciones del Atlántico Sur).-La Ley Nº 1075 otorga un subsidio mensual y vitalicio a los Ex Combatientes, Héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islas del Atlántico Sur, que hayan participado en efectivas acciones bélicas de combate, llevadas a cabo en las jurisdicciones del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), todos desde el 02 de abril de 1982 hasta el 14 de Junio de 1982.Es en este sentido, es que se trata de censar a los ex soldados conscriptos que no están comprendidos en los alcances de la Ley Nº 1075.-En la llamada “Zona de despliegue Continental” los ex soldados conscriptos, destinados o desplegados, cumplieron diversas tareas, entre ellas de logística, seguridad costera, eventual protección de la población civil, seguridad de las bases aéreas militares, comunicaciones, despliegue de sistemas de armas, transporte de pertrechos y víveres, todas estas acciones de estricto cumplimiento y de acuerdo con:Ordenes de Operaciones Nº 1, 2 y 3 de 1982 del V Cuerpo de Ejercito.-Orden de Operaciones REOTOAS ( Reserva Estratégica Operacional del TOAS de la Armada Argentina.-Orden de Operaciones de la FAS (Fuerza Aérea Sur) de la Fuerza Aérea Argentina.-Es sabido que estas acciones, sirvieron de apoyo de aquellos hombres que se encontraban combatiendo en la Guerra del Atlántico Sur-En virtud de lo expuesto, resulta necesario realizar un censo y la confección de un registro, que nos permita conocer el universo de aquellos ex soldados conscriptos que, habiendo estado bajo bandera durante el conflicto bélico, se encontraban en la “Zona de Despliegue Continental”, clasificando a los mismos de la siguiente manera:A) Destinados al Sur del Paralelo 42º, en las Bases Militares asentadas sobre el Litoral Marítimo Continental entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982,B) Movilizados al Sur del Paralelo 42º, a las Bases Militares asentadas sobre el Litoral Marítimo Continental y/o a la denominada Zona de Despliegue Continental, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982.-En todos los casos deberá constatarse que el tiempo de permanencia mínima de los ex Soldados Conscriptos haya sido entre el 30 de Abril y el 14 de Junio de 1982.-Queda establecido que la inscripción en el Registro, que se propone, no implica ni otorga Derecho a prestación económica de ninguna índole por parte del GCABA, ni de sus entes autárquicos, ni tampoco el reconocimiento como Ex Combatiente de Malvinas y/o Veterano de Guerra.-
HEMOS RECUPERADO EL CONTROL ABSOLUTO DE NUESTRO BLOG DE VETERANOS CONTINENTALES DE MALVINAS 2 DE ABRIL EL PORTAL DEL NORTE.....


Para los que no estaban enterados, el dia martes 18 de agosto en mi condicion de administrador intente entrar al comando de la pagina y tenia cambiadas las claves de acceso, inmediatamente me counique con el Dr Rudi , quien me ofrecio apoyo legal y tecnico, y una vez realizada los tramites y averiguaciones pertinentes y el reclamo a Google nos hicimos asesorar para restablecer las contraseñas, en el dia de hoy se comunico Google a mi nuevo correo y me envio las nuevas claves de acceso, por lo que estamos en condiciones de decir que recuperamos este espacio de nuestra causa nacional para la distribucion de informacion y actividades de nuestra asociacion, de las asociaciones del norte y de todas las asociaciones enroladas en nuestra misma tematica, desde ya todo el agradecimiento al Dr Rudi y a los que me brindaron su apoyo para poder recuperar el normal funcionamiento de este blog.-


DANIEL CARRIZO
ASOC 2 DE ABRIL
SGO DEL ESTERO
DNI 16591554

lunes, 9 de agosto de 2010

REUNION CON EL PDTE DE LA COMISION DE DEFENSA ING MARTINEZ, EN LA QUE PARTICIPARON LOS INTEGRANTES DE LA MESA BONAERENSE Y DONDE SE HABLO DEL COMPROMISO DE LA DIP ELISA CARRIO DE LA PRESENTACION DEL PROYECTO 5041-D-2010.-



EL RESULTADO DEL TRABAJO REALIZADO EN BS AS PARA LOGRAR LLEGAR AL OBJETIVO POR LA OPOSICION O POR EL OFICIALISMO ESTA DANDO SUS RESULTADOS, LOS MUCHACHOS DE LA MESA BONAERENSE GENERAN PRESION CONTRAL EL GOBIERNO KIRCHNERISTA ATRAVEZ DEL PROYECTO PRESENTADO POR LA DIP ELISA CARRIO, ESTO COMIENZA CON LA HUELGA DE HAMBRE QUE LOS CAMARADAS LLEVARON ADELANTE AL FRENTE DEL CONGRESO DE LA NACION Y QUE TANTO LA ASOCIACION 2 DE ABRIL DE LA PCIA DE SGO DEL ESTERO , COMO LA ASOC VET POR MALVINAS DE LA RIOJA ESTUVIERON APOYANDO , A TAL PUNTO QUE SE LES BRINDO LA POSIBILIDAD A LOS MUCHACHOS DE LA MESA BONAERENSE DE HABLAR CON EL DIP NACIONAL iNG MARTINEZ EN LA REUNION QUE MANTUVIMOS CON EL COMPAÑERO ORMEÑO Y EL CAMARADA JORGE RUDI...

"UN APLAUSO POR EL ESFUERZO DE LOS CAMARADAS DE LA MESA BONAERENSE Y AHORA MAS QUE NUNCA DEBEMOS UNIRNOS PARA UNIFICAR CRITERIOS Y LUCHAR POR UN UNICO OBJETIVO..."
ULTIMO MOMENTO
LA DIP NACIONAL ELISA CARRIO PRESENTO UN PROYECTO QUE CONTEMPLA A TODOS LOS SOLDADOS AFECTADOS AL CONFLICTO DE MALVINAS SIN DISTINCION DE PARALELOS Proyecto de Ley 5451-D-2010: Reconocimiento moral e histórico para TODOS los soldados conscriptos continentales de la Guerra por las Malvinas.
H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE LEY

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente - 5451-D-2010
Trámite Parlamentario -- 104 (03/08/2010)
Sumario-- RECONOCIMIENTO HISTORICO A LOS SOLDADOS CONSCRIPTOS CONTINENTALES DE LA GUERRA POR LAS MALVINAS ARGENTINAS.
Firmantes: CARRIO, ELISA MARIA AVELINA.
Giro a Comisiones: DEFENSA NACIONAL; PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL; PRESUPUESTO Y HACIENDA.
El Senado y Cámara de Diputados,...
RECONOCIMIENTO HISTORICO A LOS SOLDADOS CONSCRIPTOS CONTINENTALES DE LA GUERRA POR LAS MALVINAS ARGENTINAS

Artículo 1º - Otórguese un reconocimiento histórico a los ciudadanos que en cumplimiento del servicio militar obligatorio de conscripción, que de conformidad con la ley 17.531, fueron incorporados a las Fuerzas Armadas en defensa de la patria, durante el conflicto bélico argentino-británico desarrollado en el período comprendido entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982. El reconocimiento consistirá en la entrega de un diploma de honor y medalla conmemorativa.
Artículo 2º - Otórguese asimismo, una pensión vitalicia a las personas comprendidas en el art. 1° de la presente ley, cuyo monto se establecerá con relación al salario mínimo vital y móvil. Este beneficio comenzará a regir desde la promulgación de la ley que apruebe la propuesta que oportunamente eleve el Poder Ejecutivo, conforme lo dispuesto por el art. 4°.
Artículo 3º - A los fines del cumplimiento de la presente ley, el Ministerio de Defensa deberá confeccionar un listado en el que se identifique a cada uno de los ciudadanos que cumplen con los requisitos establecidos por el art. 1° de la presente ley, clasificándolos de acuerdo a las zonas establecidas en la ley 22.674, como así también de acuerdo a las áreas de incidencia operativa militares de todo el país.
Artículo 4º - Una vez que el referido listado haya sido confeccionado por parte del Ministerio de Defensa, el Poder Ejecutivo elevará a este Congreso, una propuesta de pensión, estimando el monto de conformidad con lo señalado en el art. 2°, que sea razonable y viable de acuerdo a la cantidad de futuros beneficiarios y los recursos disponibles en el Presupuesto Nacional.
Artículo 5º - A la referida propuesta del Poder Ejecutivo, el Congreso de la Nación le dará el trámite ordinario previsto por la Constitución Nacional y los reglamentos internos de cada Cámara, para la sanción de las leyes.
Artículo 6º - Comuníquese al Poder Ejecutivo, quien deberá cumplir con lo prescripto en los arts. 3° y 4°, en un plazo improrrogable de 180 días desde la comunicación de la presente ley.
Artículo 7º - De forma.

FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene como objetivo realizar un reconocimiento histórico a aquellos ciudadanos, entonces jóvenes conscriptos de todo el país, quienes fueron convocados y movilizados bajo el mando militar, y que a pesar de no haber sido destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), fueron afectados a realizar las innumerables tareas que son necesarias en una guerra, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.
Dichos soldados conscriptos, si bien permanecieron en el continente, se encontraban bajo el Código de Justicia Militar y a disposición absoluta ante eventuales traslados y la realización de acciones indispensables tales como abastecimiento de municiones, vigilancia de los polvorines y cuarteles, tareas en comunicaciones, artillería, etc., en diferentes puntos del continente, como los polvorines de Bahía Blanca y Córdoba.
Al respecto, debe considerarse que en el Reglamento del Ejército (RC-2-2) se define al teatro de operaciones, como "Aquel territorio tanto propio como enemigo, necesario para el desarrollo de operaciones militares, en el nivel estratégico operacional", estando dividido en zona de combate, zona de comunicaciones, zona de seguridad y bases de apoyo; las que indudablemente, en el conflicto bélico argentino-británico, se extendieron a lo largo de todo nuestro continente.
Sin perjuicio de lo cual, para cada uno de esos conscriptos, existía la posibilidad cierta de ser convocado a combatir en cualquier momento.
Al respecto, el Defensor del Pueblo de la Nación ha reconocido la problemática de estos ciudadanos que han prestado servicio militar durante la referida guerra, dirigiéndose con fecha 13/04/2007, a la Presidencia de la Comisión Bicameral del Defensor del Pueblo de la Nación, a los fines de sugerir una reforma legislativa que les otorgue un reconocimiento, que si bien no implique ponerlos en plano de igualdad con aquellos que efectivamente han sufrido en forma directa los efectos de la guerra, "contemplen, de alguna manera, las necesidades básicas que padecen estos ex soldados, tanto en materia de atención médica como por la falta de recursos económicos".
Y en tal sentido, destacó: "Si bien es innegable que los que participaron activamente en las acciones militares desarrolladas en las Islas Malvinas y en torno a ellas, han sido quienes han sufrido en forma directa el fuego enemigo y han respondido sin ninguna duda, con toda valentía, al costo de exponer su propia vida por la Patria, no es menos cierto que el personal que se encontraba cumpliendo funciones en el continente debería recibir, por parte de la sociedad, un reconocimiento a las tareas desempeñadas por haber puesto en riesgo su vida, su salud física y mental y su futuro en cumplimiento de un deber patriótico.
Las funciones que cumplían estos soldados en el continente era de vital importancia para las tareas militares llevadas a cabo en las islas, ya sea logísticas o bien de apoyo a las bases militares llevadas de donde partían las misiones aéreas ejecutadas con tanto coraje por nuestra aviación y que luego le valieron el reconocimiento de los pilotos enemigos, de acuerdo con los relatos que se ha conocido con posterioridad a la contienda bélica"(Nota 003815, recibida en el Senado de la Nación el 17/04/07).
En forma similar, se ha expedido el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), en cuanto a que si bien no ha existido un acto discriminatorio con la sanción de la ley 23.848 y normas concordantes y complementarias, "...se estima conveniente que el Congreso de la Nación analice la posibilidad de modificar la legislación actualmente vigente, a efectos de incluir en sus beneficios (...) a todos los otros ex soldados conscriptos convocados y movilizados en cualquier parte del territorio nacional con motivo del Conflicto del Atlántico Sur, así como a todos los civiles que, recibiendo órdenes de las Fuerzas Armadas, prestaron apoyo durante ese conflicto".
Ello, sin dejar de hacer la salvedad en cuanto a que "La propuesta de inclusión (...) no debe ser entendida como una pretensión de igualación en el monto de la pensión prevista en la Ley 23.848 ni de absoluta igualación en cualquier otro beneficio previsto en dicha ley o en normas concordantes" Por lo que acertadamente advierte que corresponde al legislador establecer el quantum de las prestaciones de las que resultarían beneficiarios y el grado de inclusión en la medida en que la actuación se aleja de la zona de combate (Dictamen Nº 035-09 del 26/03/09).
Circunstancias que resultan acordes con el sentido del presente proyecto, que por un lado busca otorgar un reconocimiento debido a los beneficiarios considerados, y por el otro, establece una diferenciación respecto de la pensión de guerra prevista por la ley 23.848 y su modificatoria 24.652; la que deberá graduarse conforme los parámetros de razonabilidad y realidad que deben primar a la hora de asumir el Estado obligaciones de este tipo Para que no se torne imposible su cumplimiento ni resulte injusta en relación a quienes han participado activamente en las acciones militares desarrolladas en las Islas Malvinas y en torno a ellas, quienes han sufrido en forma directa el fuego enemigo.
Por tal motivo, resulta necesario en primer lugar, conocer acabadamente cuál es la situación actual y la conformación del grupo al que va dirigida la norma, y así es que el camino no puede ser otro que el de disponer del listado completo de los ciudadanos futuros beneficiarios, siendo el Ministerio de Defensa, el órgano indicado para proveernos dicha información. No pudiendo soslayarse tampoco, la disponibilidad presupuestaria a tales fines.
Por ello pedimos el apoyo de nuestros pares en la aprobación de este proyecto.

martes, 3 de agosto de 2010

Fuente: Diario Primera Línea (Chaco).
Movilizados y ex soldados reclamaron la reglamentación de la Ley 6347


Integrantes de la Asociación Regional del Nordeste se movilizaron ayer a Casa de Gobierno con el fin de reclamar al Ejecutivo provincial la pronta firma del Decreto reglamentario para que entre en vigencia la Ley provincial 6347 que fuera aprobada en octubre de 2009 y prevé beneficiar a los ex soldados y movilizados del Chaco con la asignación de una pensión.

Sobre el reclamo el presidente de esta asociación, Oscar Insaurralde, precisó que dicha norma establece que la pensión es equivalente al 70 por ciento de lo que percibe un empleado de categoría 7 del escalafón 1 incluyendo la atención médica a través de la obra social del Insssep.

“El gobernador se comprometió con nosotros a reglamentar esta ley en dos meses y hace siete meses que ese plazo ya venció y estamos cansados de esperar que esto se concrete, por eso vinimos hoy hasta acá para que nos reciba algún funcionario”, relató Insaurralde. A su vez, el titular de la Asociación Regional del Nordeste comentó que la misma funciona desde el 2006 y nuclea a más de 1500 socios en todo el Chaco, “desde ese tiempo que venimos luchando porque se nos reconozca porque los suicidios en el sector no cesan y la ley está aprobada, falta el paso de la reglamentación”, añadió.
De la manifestación de ayer, participaron personas de Villa Ángela, Juan José Castelli, Barraqueras, Santa Sylvina, San Bernardo, Vilelas entre otras localidades.
Nuevas medidas
Asimismo, Oscar Insaurralde advirtió que de no recibir una pronta respuesta al pedido de instrumentación de la Ley 6347, los integrantes de la asociación que dirige se verán obligados a recrudecer las medidas de protesta en los próximos días. “Esperamos un tiempo prudencial que la ley entre en vigencia, pero ya no podemos ser pacientes porque no hay excusas para que se firme el decreto que lo reglamenta y que fue consensuado sin problemas”. Indicó que esto se realizó en el marco de una audiencia pública de la cual participaron funcionarios del Ministerio de Gobierno, de la Subsecretaría de Gobierno y de Finanzas.