martes, 14 de julio de 2009
DECRETO 700-RESOLUCION 231/00 FAA - RESOLUCION 540/85 FAA -LEY 23118
martes 26 de febrero de 2008
DECRETO “S” Nº 700
El Poder EjecutivoNacionalDECRETO DEL PEN Nro 700Visto la Resolución de la Junta Militar de fecha 30 de marzo de 1982; yCONSIDERANDO :Lo resuelto por el Comité Militar en función de las facultades otorgadas al mismo;EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA D E C R E T A:ARTÍCULO 1º. Constituyese el Teatro de Operaciones Atlántico Sur a partir de las 19 horas del día 7 de abril de 1982 en la zona que se determine por el Comité Militar.ARTICULO 2º. Designase Comandante del Teatro de Operaciones Atlántico Sur al Señor Vicealmirante D. JUAN JOSÉ LOMBARDO quien ejercerá la totalidad de sus funciones con excepción de la Gobernación Militar del Territorio de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwiche del Sur.ARTICULO 3º. La partida presupuestaria a la que se asignen los gastos que demande el cumplimiento y ejecución del presente serán fijados por Decreto posterior.ARTÍCULO 4º. La comunicación, publicación y registración del presente Decreto se limitará a los artículos 1º y 2º y se efectuarán cuando las operaciones militares lo permitanDECRETO “S” Nº 700
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viernes 31 de agosto de 2007
ORDEN DIA RIO IV CONVOCATORIA P.C
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REFERENTE CONVOCATORIA PERSONAL CIVIL B.A.P 2437
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jueves 24 de mayo de 2007
RESOLUCCION 466/07 DE LA FAA
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lunes 1 de enero de 2007
folio 1
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domingo 31 de diciembre de 2006
folio 2
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sábado 30 de diciembre de 2006
folio3
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viernes 29 de diciembre de 2006
concluciones 1/4 de la comision
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jueves 28 de diciembre de 2006
concluciones 2/4
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miércoles 27 de diciembre de 2006
concluciones 3/4
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martes 26 de diciembre de 2006
concluciones 4/4
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RESOLUCCION 231/00 FAA
FUERZA AEREA ARGENTINAESTADO MAYOR GENERAL RESOLUCIÓN 231/00 Buenos Aires, 13 abril 2000 VISTO lo informado por el Jefe III-Planificación, el Director General de Personal, el Jefe impersonal, lo propuesto por el Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, y CONSIDERANDO: Que la Fuerza Aérea Argentina participo en Operaciones Militares llevadas a cabo en el conflicto del Atlántico Sur frente al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Que la Ley 23118 otorga condecoraciones a todo el Personal Militar y Civil que participo en la guerra por la reivindicación territorial de las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, desde el 2 de abril al 14 de junio de 1982. Que la Resolución Nº 540/85 del Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, define CUATRO (4) categorías de distintivos de campaña para el personal, en virtud de su participación y puesto de combate. Que esta instancia se encuentra facultada para dictar la correspondiente norma administrativa aclaratoria para el normal y permanente desenvolvimiento de la FUERZA AEREA. Por ello,EL JEFE DEL ESTADO MAYOR DE LA FUERZA AEREARESUELVE: ARTICULO 1º.- Será reconocido como “Veterano de Guerra” : “Todo Personal Militar Superior, Subalterno, Tropa y Civil que participo en la Guerra del Atlántico Sur y que se le haya otorgado algún distintivo de campaña, instituido en la Resolución Nº 540/85 del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina”. ARTICULO 2º.- Los beneficios otorgados con relación a los distintos complementos de haberes, exenciones impositivas, pensiones, etc., que instituyan los diferentes Organismos Oficiales y/o no Gubernamentales para el personal que participo en la Guerra del Atlántico Sur será para: “Todo el personal que siendo Veterano de Guerra de la Fuerza Aérea reúna acabadamente las condiciones particulares que exijan para cada caso las autoridades que tengan responsabilidad de otorgar o administrar tales beneficios”. ARTICULO 3º.- La Dirección General de Personal (Departamento Personal): a) Será quien entienda en la gestión administrativa concerniente a los Veteranos de Guerra. b) Deberá dar amplia difusión a lo establecido en la presente Resolución. ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese en Boletín Aeronáutico Publico y archívese en la Jefatura Militar del Estado Mayor General. Brigadier General WALTER DOMINGO BARBERO Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea
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lunes 25 de diciembre de 2006
RESOLUCCION 540/85 FAA
BAP 2489Pagina 791Instituyendo distintivos de campaña para el personal Militar y Civil que participo en la Batalla del Atlántico SurResolución 540/85Visto lo informado por el Comandante de Operaciones Aéreas, lo propuesto por el Subjefe del estado Mayor General, yConsiderando:Que la Fuerza Aérea participo en las Operaciones Militares llevadas a cabo con motivo del conflicto armado en el Atlántico Sur con el reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del norte.Que la Batalla Aérea por las Islas Malvinas fue parte de esta campaña que tuvo como objetivo la integración Total del Territorio Nacional.Que la intervención que le cupo a la Fuerza Aérea debe ser un ejemplo permanente que oriente la superación profesional del personal de la Institución.Que la creación de un distintivo recordatorio servirá para mantener vigente los valores éticos de la Fuerza, adaptándolo como un símbolo que perpetuara el espíritu de lucha y la entrega total de sus hombres en defensa de la Patria compromiso reafirmado en forma expresa a partir de su Bautismo de Fuego el 1º de mayo de 1982.Que asimismo es necesario institucionalizar el legado histórico de los elementos orgánicos que intervinieron en esa gesta, para que los futuros integrantes de los mismos se sientan participes y herederos del compromiso que la Fuerza Aérea ha asumido.Que mientras no se sancione el régimen legal definitivo que habrá de determinar la competencia funcional de la Fuerzas Armadas, el suscripto tiene aquellas facultades que por su naturaleza son necesarias para el normal y permanente desenvolvimiento de la Fuerza AéreaEl Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea.Resuelve:1º- Institúyanse para la Fuerza Aérea, los siguientes distintivos de campaña:1. (Anexo 1) para el Personal Militar y Civil que integro tripulaciones de vuelo y realizo misiones aéreas dentro del espacio en que quedaron delimitadas las acciones del enfrentamiento militar durante el conflicto armado, a partir del 1º de mayo de 1982 o estuvo en contacto con el enemigo.2. (Anexo 2) para el Personal Militar, Civil y Soldados que combatió en las Islas Malvinas a partir del 1º de mayo de 1982.3. (Anexo 3) para el Personal Militar, que integro el Comando y el estado Mayor de la Fuerza Aérea Sur, entre el 02 de abril de 1982 y el 14 de junio de 1982.4. (Anexo 4) para el Personal Militar, Civil y Soldados que integro la Fuerza Aérea Sur, sus bases de Despliegue y para las tripulaciones que cumplieron misiones de apoyo a las operaciones entre el 02 de abril de 1982 y 14 de junio de 1982.5. (Anexo 5) para los elementos orgánicos de la Fuerza que participaron en las operaciones a partir del 1º de mayo de 1982 y que se detallan en Anexo 6.6. (Anexo 7) para los Tripulantes de Vuelo que realizaron misiones aéreas dentro del especio en que quedaron delimitadas las acciones de enfrentamiento militar durante el conflicto armado a partir del 1º de mayo de 1982 o estuvieron en contacto con el enemigo y para el personal que combatió en las Islas Malvinas.2º- los distintivos de campaña anunciados en el Articulo 1º, serán usados de acuerdo a las siguientes prescripciones:1. los establecidos en el Anexo 1, 2, 3, y 4, serán utilizados en todos los uniformes tanto en saco como en camisa de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Uniformes (RAG 5) Capitulo XI, párrafo Nº 207, 208, 209 y 210 inciso 7º), debiéndoselos considerar para su ubicación como cintas.2. los establecidos en los Anexos 5 y 7 , serán utilizados en los Uniformes de Vuelo, Combate y Mantenimiento en la manga derecha, arriba del distintivo del Escuadran, de acuerdo al siguiente detalle:a) Anexo 5: este distintivo será usado por el personal mientras reviste en el elemento orgánico establecido en el Anexo 6, debiendo suspender su uso cuando cambie de destino, siempre y cuando no sea destinado a otro elemento orgánico de los ya mencionados.b) Anexo 7: este distintivo será utilizado por el personal mencionado en los inciso 1º) y 2º) del Articulo 1º, cualquiera sea el elemento orgánico al que pertenezca.c) (Anexo 1, 2, 3 y 4) serán confeccionados en metal tamaño de Tres Centímetros (3 cms) de largo por Uno y Medio centímetros (1,50 cms) del alto, los distintivos 5 y 7 serán confeccionados en tela bordada del tamaño natural al Anexo.3º- La Jefatura I- Personal deberá:1. confeccionar las nominas del personal acreedor a cada distintivo de campaña.2. confeccionar los certificados correspondientes y realizar las anotaciones pertinentes en los legajos de los causantes.4º- El Comando de Operaciones Aéreas proporcionara los antecedentes históricos necesarios para que la Jefatura I confeccione las nominas ordenadas en el Articulo precedente5º- La Dirección de Estudios Históricos registrara las distinciones otorgadas a los organismos en el Libro Histórico de la Fuerza.6º- El Comando de Material arbitrara las medidas necesarias para la fabricación de los distintivos y su posterior provisión inicial al personal.7º- Los distintivos serán entregados oportunamente durante el desarrollo de las ceremonias que deberá coordinar el Departamento Relaciones de la Fuerza.8º- La nomina del personal acreedor a cada tipo de distintivo serán aprobadas por una Comisión formada a tal efecto por los Comandantes Superiores, donde actuara como Secretario e Informante el Jefe I – personal la que asimismo se expedirá en lo que respecta a lo previsto en el párrafo 617 del Reglamento del Reglamento del régimen del servicio (RAG 17).9º- Comuníquese, publíquese en el Boletín Aeronáutico Publico y archívese en la Jefatura Militar del Estado Mayor General- ERNESTO HORACIO CRESPOANEXO I BANDERA ARGENTINA, DORADO POR FUERA CON LAS ISLAS DORADAS.ANEXO 2 BANDERA ARGENTINA, PLATA BLANCA POR FUERA CON LAS ISLAS DORADAS.ANEXO 3 BANDERA ARGENTINA, PLATA VIEJA POR FUERA CON LAS ISLAS PLATEADAS.ANEXO 4 BANDERA ARGENTINA, PLATA BLANCA POR FUERA CON LAS ISLAS PLATEADAS.ANEXO 5 EN PAÑO LENCY FORRADO, FONDO AZUL, ISLAS VERDES, CINTA ARGENTINA Y BORDES Y LETRAS (BORDADAS) DORADAS.ANEXO 6. ORGANISMOS ACREDORES AL USO DEL EMBLEMA DE CAMPAÑADel Comando de Operaciones Aéreas• Grupo de Operaciones especialesDe la I Brigada Aérea• Grupo I de Transporte• Grupo Base• Grupo Técnico IDe la II Brigada Aérea• Grupo 2 de Bombardero• Grupo Técnico 2• Grupo 1 Fotografía• Grupo 1 de Comunicaciones- EscuelaDe la III Brigada Aérea• Grupo 3 de Ataque• Grupo Técnico 3De la IV Brigada Aérea• Grupo 4 de Caza• Grupo Base 4• Grupo Técnico 4De la V Brigada Aérea• Grupo 5 de Caza• Grupo Base 5• Grupo Técnico 5De la VI Brigada Aérea• Grupo 6 Caza• Grupo Técnico 6De la VII Brigada Airea• Grupo Aéreo 7• Grupo Técnico 7De la VIII Brigada Aérea• Grupo 8 Caza• Grupo Técnico 8IX Brigada AéreaX Brigada AéreaGrupo 2 de Vigilancia y control AéreoDe la Base Aérea Militar “Mar Del Plata”• Grupo 1 de Artillería AntiaéreaDe la Escuela de Aviación Militar• Grupo Base EscuelaDel Comando de Regiones Aéreas• Grupo 1 de Construcciones• Aeródromo Comodoro Rivadavia• Aeródromo Rió Gallegos• Aeródromo Rió Grande• Aeródromo Santa Cruz• Aeródromo San Julián• Aeródromo Puerto Deseado• Aeródromo Trelew.ANEXO 7. EN PAÑO LENCY FORRADO, FONDO AZUL, ISLAS VERDES, CINTA ARGENTINA Y BORDES, LAURELES Y LETRAS (BORDADAS) DORADAS
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LEY 23.118
LEY 23.118/84Combatientes en la guerra de las Malvinas e Islas del Atlántico Sur en el año 1982. Condecoración por el Congreso de la Nación.Artículo 1° Condecórase a todos los que lucharon en la guerra por la reivindicación territorial de las Islas Malvinas, Georgias y Sanwich del Sur, en las acciones bélicas del 2 de abril al 14 de junio de 1982, con una medalla y un diploma.La medalla será de acero, en cuyo anverso lucirán los colores patrios y el nombre y apellido del combatiente, y en el reverso la inscripción "El Honorable Congreso de la Nación a los Combatientes". En el diploma se hará constar la leyenda del reverso de la medalla.Artículo 2° Las condecoraciones serán de una sola y única clase para todos los combatientes en el conflicto bélico.Artículo 3° Serán acreedores a la condecoración mencionada los civiles y militares que hubieren combatido en el conflicto bélico, iniciado el 2 de abril de 1982, o en caso de fallecimiento del combatiente, serán acreedores de dicha condecoración, sus derecho habientes.Artículo 4° El Ministerio de Defensa Nacional remitirá la nómina de los ciudadanos a condecorar, exeptuando a aquellos que sean pasibles de sanciones de acuerdo a las prescripciones del Código de Justicia Militar, el Código Penal y/o sus leyes complementarias.Artículo 5° El ciudadano que no se encontrare incluido en en la nómina elaborada por el Ministerio de Defensa Nacional, de conformidad con el artículo precedente, podrá solicitar su incorporación, acreditando fehacientemente haber intervenido en la lucha armada por la reivindicación territorial de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, en el carácter de combatiente.Artículo 6° Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados al presupuesto 1984 del Poder Legislativo Nacional.Artículo 7° Comuníquese al Poder Ejecutivo.Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.LEY 23.585Condecoraciones a quienes intervinieron en las acciones bélicas de Atlántico Sur entre el 2/4/82 y 14/6/82. Modificación del artículo 6° de la ley 23.118.Sanción 27 julio 1988Promulgación: 17 agosto 1988Publicación B.O. 31/08/88Citas legales: Ley 23118: XLIV D, 3769Artículo 1° Modifícase la Ley 23.118 en su artículo 6 que queda redactado en la siguiente forma:Ley 23.585 Proyecto del Diputado PEPE y Otros considerado y aprobado sin modoficaciones por la Cámara de Diputados en la Sesión del 18 de mayo de 1988 (D. Ses. Dip. 1988, p. 413) y por el Senado en la Sesión del 27 de julio de 1988 (D. Ses. Sen. 1988 p. 1910)Artículo 6° Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados al presupuesto correspondiente del Poder Legislativo Nacional.Artículo 2° Comuníquese, etc.
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lunes, 13 de julio de 2009
CONGRESO PROVINCIAL DE VETERANOS 25 DE JULIO - SGO. DEL ESTERO
CONGRESO PROVINCIAL DE VETERANOS CONTINENTALES DE MALVINAS
ESTIMADOS CAMARADAS:
ES IMPORTANTE INFORMARLES A TODOS LOS CAMARADAS DE LA PCIA DE SGO DEL ESTERO, DE LAS CLASES AFECTADAS AL CONFLICTO MALVINENSE QUE SE REALIZARA EL 3ER CONGRESO PROVINCIAL DE VETERANOS ORGANIZADO POR LA ASOCIACION 2 DE ABRIL. EL MOTIVO DE LA ORGANIZACION DE ESTE IMPORTANTE EVENTO ES PARA ACORDAR CON LOSREFERENTES DE CADA DISTRITO DEL INTERIOR Y QUE PERTENZECAN A LA ASOCIACION 2 DE ABRIL, EL PROYECTO DE PENSION QUE SERA PRESENTADO EN LA CAMARADA DE DIPUTADOS, CON LA FINALIDAD DE QUE SEA TRATADO EN PROXIMAS SESIONES DEL RECINTO LEGISLATIVO AL IGUAL QUE SUCEDE EN OTRAS PROVINCIAS VECINAS. ESTE EVENTO DE LA CAUSA SERA CONVOCADO PARA EL DIA SABADO 25 DE JULIO DE 2009, EN NUESTRA CIUDAD CAPITAL EN LUGAR Y HORA A CONVENIR Y CONTARA CON LA PRESENCIA ADEMAS DE REFERENTES NACIONALES, SOLICITAMOS A LOS CAMARADAS DEL INTERIOR MANEJARSE POR MEDIO DE VIA TELEFONICA PARA RECABAR INFORMACION AL 0385-154141377 SR CARRIZO(PDTE DE LA ASOC).
TEMARIO DEL CONGRESO:
- SITUACION ACTUAL DE LA CAUSA NACIONAL (POSTURA DE CADA CORRIENTE NACIONAL)
- SITUACION DE LA CAUSA A NIVEL PROVINCIAL (ESTADO DE LA GESTION)
- BREVE RESEÑA DE LA SITUACION EN PROVINCIAS VECINAS PRESENTADA POR SUS REFERENTES
- PRESENTACION DE PROYECTO PROVINCIAL DE PENSION PARA SER PRESENTADO EN LA LEGISLATURA.-
ESTIMADOS CAMARADAS:
ES IMPORTANTE INFORMARLES A TODOS LOS CAMARADAS DE LA PCIA DE SGO DEL ESTERO, DE LAS CLASES AFECTADAS AL CONFLICTO MALVINENSE QUE SE REALIZARA EL 3ER CONGRESO PROVINCIAL DE VETERANOS ORGANIZADO POR LA ASOCIACION 2 DE ABRIL. EL MOTIVO DE LA ORGANIZACION DE ESTE IMPORTANTE EVENTO ES PARA ACORDAR CON LOSREFERENTES DE CADA DISTRITO DEL INTERIOR Y QUE PERTENZECAN A LA ASOCIACION 2 DE ABRIL, EL PROYECTO DE PENSION QUE SERA PRESENTADO EN LA CAMARADA DE DIPUTADOS, CON LA FINALIDAD DE QUE SEA TRATADO EN PROXIMAS SESIONES DEL RECINTO LEGISLATIVO AL IGUAL QUE SUCEDE EN OTRAS PROVINCIAS VECINAS. ESTE EVENTO DE LA CAUSA SERA CONVOCADO PARA EL DIA SABADO 25 DE JULIO DE 2009, EN NUESTRA CIUDAD CAPITAL EN LUGAR Y HORA A CONVENIR Y CONTARA CON LA PRESENCIA ADEMAS DE REFERENTES NACIONALES, SOLICITAMOS A LOS CAMARADAS DEL INTERIOR MANEJARSE POR MEDIO DE VIA TELEFONICA PARA RECABAR INFORMACION AL 0385-154141377 SR CARRIZO(PDTE DE LA ASOC).
TEMARIO DEL CONGRESO:
- SITUACION ACTUAL DE LA CAUSA NACIONAL (POSTURA DE CADA CORRIENTE NACIONAL)
- SITUACION DE LA CAUSA A NIVEL PROVINCIAL (ESTADO DE LA GESTION)
- BREVE RESEÑA DE LA SITUACION EN PROVINCIAS VECINAS PRESENTADA POR SUS REFERENTES
- PRESENTACION DE PROYECTO PROVINCIAL DE PENSION PARA SER PRESENTADO EN LA LEGISLATURA.-
lunes, 22 de junio de 2009
VETO PARCIAL DE LA LEY DE PENSION DE LA PROVINCIA DEL CHACO

Veto parcial a la ley 6347 Por Expte. Nº 646/09 de fecha 17 de junio del presente año ingresa aMesa de Entrada y Salida de la Cámara de Diputados, la nota elevada ala titular del Poder a través del cual el gobernado de la provinciaJorge Milton Capitanich, en uso de las facultades conferidas por losartículos 118º y 141º, inciso 4) de la Constitución Provincial, vetaparcialmente la sanción legislativa de la ley 6347, en cuyo artículoprimero establece el beneficio de una pensión graciable y vitaliciapara ex soldados chaqueños que hubieran sido convocados y movilizados,durante el período comprendido entre el 2 de abril y el 14 de junio de1982, en carácter de Reconocimiento Histórico Moral, fijándose elmonto a percibir. “Razones de orden presupuestario hacen necesario la modificación delartículo 1º y la eliminación de los artículos 2º y 3º” sostiene eltitular del Ejecutivo provincial, y propone el siguiente nuevo textopara el artículo
1º: “Establécese el beneficio de una pensióngraciable y vitalicia para los ex soldados chaqueños, convocados porel Distrito Militar Chaco, que hubieran sido convocados y movilizados,durante el período comprendido entre el 2 de abril y el 14 de junio de1982, en carácter de Reconocimiento Histórico Moral. Dicho beneficioserá con carácter mensual y personalísimo, cuyo monto será equivalenteal cincuenta por ciento (50%) de la categoría 7 – Personal deServicios – Grupo 1 del Escalafón para el personal del Poder Ejecutivo– ley 6010 – no será retroactivo y se hará efectivo desde el01/03/2010, previa asignación de los recursos previstos en el artículo6º de la presente ley”. Además explica que el artículo 4º, “desnaturaliza el caráctergraciable de la pensión que se le asigna por el artículo 1º, dado queno es incompatible con otro beneficios previsional y/o social otorgadopor la Nación, Provincia y/o Municipio, por lo que se propone lasiguiente redacción: “La pensión establecida en la presente ley seráincompatible con cualquier otro beneficio de carácter previsional y/osocial otorgado por la Nación, la Provincia o los Municipios”. En cuanto al artículo 5º - observa el gobernador – “no dispone laobligatoriedad de los beneficios de la Pensión Graciable y Vitalicia,ni del Estado Provincial de realizar los aportes conforme el artículo36, inciso a) y b), a efectos de integrar el Fondo de Obra Social.Asimismo, no prevé dicho artículo la sujeción a la reglamentaciónvigente para acceder a la afiliación con carácter de afiliadoindirecto o voluntario, por lo que se propone el siguiente texto:“Gozarán de la cobertura de las prestaciones del Fondo de Obra Socialdel InSSSeP, los beneficiarios de esta ley y sus afiliadosobligatorios, conforme la ley 4044, que no estuvieren afiliados alServicio de Obra Social de dicho Instituto. El InSSSeP, efectuará lasretenciones del 5% a los beneficiarios de la pensión graciable yvitalicia, conforme el artículo 36, incisos A) y B) de la ley 4044 –Fondo de Obra Social” Asimismo – continúa – con respecto al artículo 6º, se propone lasiguiente redacción: “El beneficio que otorga esta ley será atendidocon los recursos que provengan del incremento del 5%º en la alícuotageneral del impuesto de sellos conforme a lo establecido por elartículo 14, inciso a) de la ley Tarifaria Nº 2071”. Fueron los fundamentos expuestos por el titular del poder Ejecutivo,que veta en forma parcial la sanción legislativa Nº 6347(){if (
LOS CAMARADAS DE SANTA FE PRESENTES EN EL ACTO DEL 20 DE JUNIO

El conflicto de Malvinas se coló en el acto del 20 de junio
El grupo de ex soldados movilizados por Malvinas copó la base del Monumento y pidió “reconocimiento” cuando el ministro Aníbal Fernández comenzó su discurso. Los veteranos del Beagle también se quejaron y denunciaron que no los dejaron marchar con las otras agrupaciones
G.E.S.M.Mal llevó al Monumento sus reclamos y se diferenció de los ex combatientes.
Ex soldados que participaron de la guerra de Malvinas pero sin combatir en las islas y los ex veteranos del canal de Beagle denunciaron “discriminación”, mientras veían pasar el desfile por detrás de la valla. El grupo de ex soldados movilizados por Malvinas (G.E.S.M Mal) se ubicaron con enormes banderas y pancartas en el centro de la escena, debajo del Monumento de la Bandera. Además, llamaron la atención con silbidos y gritos de “Presente” cuando Aníbal Fernández se disponía a empezar su discurso. El secretario de la agrupación, Marcelo Ramírez, explicó a Rosario3.com que, junto a la agrupación de los Paracaidistas de Malvinas son “ex soldados que fuimos en distintas situaciones convocados por la gesta de Malvinas pero no estuvimos en las islas” y precisó: “Buscamos un reconocimiento moral e histórico, más allá del económico”.“La guerra de Malvinas no estuvo sólo compuesta por la gente que estuvo en las islas. También se necesitó del apoyo logístico que brindamos nosotros. Hubo gente que fue movilizada al sur, desplazada, esperando órdenes para cruzar a combatir si llegaba el momento”, agregó. Otros que tampoco se sintieron parte son los ex veteranos del canal de Beagle. Formados sobre el costado de la calle, miraron de cerca el desfile cívico militar pero sólo pudieron pasar por el palco junto a la bandera más larga del mundo.No era lo que más deseaban. Según señaló Domingo Melillo, solicitaron al gobernador de Santa Fe y al intendente de Rosario poder desfilar con el resto de las agrupaciones. Pero, según indicó: “El jueves me llamaron de protocolo para decirme que no era posible. Ni si quiera estamos incorporados al protocolo. Nos toca mirar desde afuera”, agregó.
exsoldadosclase62noreconocidos@googlegroups.com Para anular la suscripción a este grupo, envía un mensaje a exsoldadosclase62noreconocidos+unsubscribe@googlegroups.com Para obtener más opciones, visita este grupo en http://groups.google.com/group/exsoldadosclase62noreconocidos?hl=es.
viernes, 12 de junio de 2009
14 DE JUNIO DIA DE LA RENDICION - MALVINAS VOLVEREMOS NO NOS RENDIMOS JAMAS
ESTIMADOS CAMARADAS:
EL PROXIMO 14 DE JUNIO UNA VEZ MAS RECORDAREMOS EL DIA EN QUE LA JUNTA MILITAR PRESENTO SU RENDICION ANTE LAS TROPAS INGLESAS, UNA VEZ MAS VOLVERAN LOS RECUERDOS DE AQUEL DIA NEFASTO PARA LOS ARGENTINOS EN SU CONJUNTO, Y EL DOLOR DE VER CUANDO RETIRABAN NUESTRA CELESTE Y BLANCA PARA COLOCAR EL PAÑO PIRATA EN EL MASTIL QUE DEFENDIERON CON SU SANGRE NUESTROS CAMARADAS APOSTADOS AL FRENTE DE BATALLA, Y QUE NOSOTROS TAMBIEN REALIZAMOS NUESTRO APORTE DESDE EL CONTINENTE. Y EN LA IMAGEN DE MOORE DANDOLE LA MANO AL GRAL MENENDEZ, CON SU UNIFORME LLENO DE BARRO QUE CONTRASTABA CON EL IMPECABLE UNIFORME QUE LUCIA EL GOBERNADOR DE LAS ISLAS REFLEJAN LO QUE VERDADERAMENTE SUCEDIO, OFICIALES ARGENTINOS QUE NO TUVIERON UNA ACTITUD ACORDE A SU INVESTIDURA Y MAS ALLA DE MOSTRAR SU VALOR DEJARON MUCHO QUE DESEAR A LA HORA DE DEFENDER LA PATRIA CON SU VIDA, SITUACION MUY DISTINTA A LA DEMOSTRADA POR NUESTROS SOLDADOS QUE DERRAMARON INUMERABLES MUESTRAS DE VALOR EN EL SUELO MALVINENSE, Y QUE FUE REFLEJADA POR LA PRENSA LOCAL Y EXTRANJERA. PASARON 27 AÑOS PARA PODER VER ALGUNAS COSAS CON CLARIDAD, PERO AHUN FALTAN COSAS POR HACER, VERDADES POR DILUCIDAR, REALIDADES ESCONDIDAS BAJO CODIGOS DE SILENCIO POR PARTE DE UN OFICIALATO QUE EN POS DE EVADIR LAS RESPONSABILIDADES POR LOS HORRORES DE LA GUERRA DECIDIERON DESMALVINIZAR LA CONCIENCIA NACIONAL COMO ESTRATEGIA PARA MANTENER UNA SITUACION DE IMPUNIDAD ANTE TODOS LOS ERRORES Y ATROCIDADES COMETIDAS DURANTE LA GUERRA, SIN CONTAR CON EL PRINCIPAL ACTO IRRESPONSABLE DE HABER ENVIADO EN UNA ACTITUD GENOCIDA A TODA UNA GENERACION A LA PEOR AVENTURA CONTEMPORANEA OCURRIDA EN NUESTRO PAIS.
TALVEZ HOY POR CUESTIONES DE DIFERENCIAS EN NUESTRA MANERA DE PENSAR , O DE PETICIONAR ANTE LAS AUTORIDADES APARENTAMOS SITUACIONES INSALVABLES, PERO ESTOY PERSUADIDO QUE ESTA GENERACION DE VALIENTES SI TENDRIA QUE VOLVERSE A UBICAR A LA VANGUARDIA DE LA DEFENSA DE NUESTRA SOBERANIA NO DUDARIA NI UN INSTANTE, Y TAMBIEN QUE ESAS DIFERENCIAS SE AGOTARIAN DE INMEDIATO, PORQUE SI DE ALGO ESTOY CONVENCIDO QUE NUESTRA GENERACION LA DE LOS 62 Y 63, MARCO UNA IMPRONTA DE JOVENES CON UN ALTISIMO SENTIMIENTO PATRIOTICO Y VALORES MORALES, QUE LAMENTABLEMENTE EN LA ACTUALIDAD POR CUESTIONES MISMAS DE LA REALIDAD SOCIAL , ESTOS VALORES, ESTE SENTIMIENTO Y ESTA DIGNIDAD SE A PERDIDO EN NUESTRA JUVENTUD, POR ESO CAMARADAS SI LOS MILICOS SE RINDIERON NOSOTROS NO NOS RENDIREMOS JAMAS .......DEFENDAMOS NUESTRA SOBERANIA, NUESTRA CULTURA, NUESTROS VALORES, NUESTRAS ISLAS.......
MALVINAS VOLVEREMOS.....
VIVA LA PATRIA CARAJO.... !!!!!!!!!
DANIEL CARRIZO
ASOCIACION 2 DE ABRIL

EN HONOR A LOS CIENTOS DE CAMARADAS QUE DEJARON SU SANGRE EN LAS ISLAS Y QUE JAMAS SE RINDIERON...........
viernes, 5 de junio de 2009
EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACION CON EL GOB. CAPITANICH

ESTIMADOS CAMARADAS EN EL ACTO DE INAUGURACION DEL CORREDOR BI-OCEANICO QUE SE REALIZO EN EL LIMITE DE LA PROVINCIA DE SGO DEL ESTERO, Y EL CHACO, EXACTAMENTE EN PAMAPA DE LOS GUANACOS, NUESTRO PRESIDENTE DE LA ASOCIACION 2 DE ABRIL DANIEL CARRIZO, PUDO TENER UN DIALOGO CON EL GOB. DE LA PROVINCIA DEL CHACO EN DONDE LE CONSULTO SOBRE LO OCURRIDO EN LA VECINA PROVINCIA CON RESPECTO AL PROYECTO QUE FUE APROBADO POR LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, Y QUE EL GOBERNADOR CAPITANICH ADELANTO QUE LO VETARIA, POR NO ESTAR AL ALCANCE DE LAS POSIBILIDADES FINANCIERAS DE AQUELLA PROVINCIA VECINA, Y QUE ESTA TRABAJANDO POR UN PROYECTO QUE CONTENGA A TODOS PERO CON UN MENOR IMPACTO ECONOMICO.
lunes, 1 de junio de 2009
REUNION CON LA SENADORA NACIONAL ANA CORRADI
+de+GetAttachment%5B1%5D.jpg)
ESTIMADOS CAMARADAS EL DIA VIERNES PASADO SE REALIZO UNA REUNION CON LA SENADORA NACIONAL ANA CORRADI, EN DICHA REUNION SE TRATARON TEMAS RELACIONADOS CON LA GESTION NACIONAL DE NUESTRA CAUSA. LA MISMA FUE ALTAMENTE POSITIVA SE PUDO ESTABLECER ALGUNAS CORDENADAS CON RESPECTO A LA GESTION Y LA SENADORA SE COMPROMETIO CON SU VOTO A FAVOR DE LA CAUSA CUANDO EN EL SENADO SE PRESENTE UN PROYECTO A BENEFICIO DE LA PENSION NACIONAL.
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